• He comprado mi primera vivienda. ¿Tengo que dar de alta el agua?

    Sí, tienes que darla de alta y puedes realizarlo a través de cualquiera de los canales de contacto que tenemos a tu disposición aportando la siguiente documentación:

    • DNI o CIF o NIE
    • Cédula de habitabilidad o calificación definitiva, que es el documento que acredita que una vivienda cumple las condiciones mínimas de habitabilidad que prevé la normativa vigente. Consulta aquí en qué Comunidades Autónomas es imprescindible y en qué casos.
    • Escritura de propiedad, contrato privado de compra o contrato de arrendamiento para acreditar que eres el inquilino o propietario de esa vivienda.
    • Boletín A-5 de instalador, sellado por la Consejería de Industria
    • Datos de domiciliación bancaria (IBAN) y Mandato SEPA del titular de la cuenta en el caso en que quieras domiciliar el recibo.
  • Tengo un local o empresa. ¿Qué documentación necesito par dar de alta un suministro?

    Como norma general necesitarás la documentación siguiente:

    • Contrato de alquiler, escritura de propiedad u opción de compra, o certificado de compra o alquiler expedido por el propietario o administrador del inmueble.
    • Escritura de poder otorgada por la empresa o entidad titular del suministro al solicitante de la contratación.
    • Copia del NIF/NIE del apoderado. Si el solicitante no es la persona apoderada, junto con la escritura de poderes también es necesario aportar una carta de autorización cumplimentada y firmada por el apoderado de la sociedad, para poder contratar en nombre y representación de una sociedad o empresa.
    • NIF/NIE del solicitante. Epígrafe del impuesto sobre actividades económicas.
    • Datos de domiciliación bancaria (IBAN) y Mandato SEPA del titular de la cuenta en el caso en que quieras domiciliar el recibo.
  • ¿En qué consiste el importe del contrato de suministro de agua?

    El contrato de suministro incluye los derechos de suministro que se abonan una sola vez en la firma del contrato. En el momento de realizar el contrato, se determina el caudal que se debe contratar según las características de la vivienda.

  • ¿Cuánto tiempo tardaré en tener agua después de hacer el alta de suministro?

    Tras hacer la contratación, si tu vivienda o local tiene conexión de agua y sólo hay que colocar el contador, tendrás agua en un máximo de 3 días hábiles.

  • ¿Qué tengo que hacer para cambiar el titular del servicio?

    En el caso de que se trate de una vivienda hay que presentar:

    • DNI o CIF o NIE
    • Datos de domiciliación bancaria (IBAN) y Mandato SEPA del titular de la cuenta en el caso en que quieras domiciliar el recibo.
    • Escritura de propiedad, contrato privado de compra o contrato de arrendamiento para acreditar que eres el inquilino o propietario de esa vivienda/local.
    • Lectura del contador

    Si se trata de un local comercial o industria se presentaría además lo siguiente:

    • Licencia de apertura (La presentación de este documento presupone el haber obtenido el requisito previo de declaración o calificación ambiental, art. 10, 11 y 12 ley 1/95 de Protección del Medio Ambiente de fecha 8 de marzo de 1996 B.O.R.M. 3.495)
    • Último recibo pagado o alta en el IAE
  • Me he mudado de domicilio. ¿Tengo que realizar una nueva alta o puedo subrogarme al contrato que había anteriormente en mi nueva vivienda?

    En el caso de mudanzas, o cuando una vivienda es ocupada por una persona distinta a la que firmó el contrato de suministro, es necesario realizar un cambio de titularidad o un nuevo contrato. Una subrogación es una gestión que puede formalizarse por fallecimiento, separación de bienes y/o fusión de empresas. Supone una subrogación directa de los todos los derechos y obligaciones del anterior contrato de suministro y no supone coste alguno.

  • ¿Debo permitir la entrada a mi domicilio del personal de la empresa suministradora?

    Sí. Los solicitantes de un suministro deben permitir a la entidad suministradora la colocación de los elementos necesarios, así como permitir la entrada al personal autorizado y acreditado por la entidad, con el fin de poder realizar todas las comprobaciones relacionadas con el suministro.

  • ¿Quién se encarga de la conexión y desconexión de los contadores?

    La conexión y desconexión del contador o aparato de medida la lleva a cabo la entidad suministradora, que podrá precintar la instalación y es la única autorizada para desprecintarla.

  • ¿Dónde se coloca la batería de contadores?

    Las baterías de contadores divisionarios se instalan en los locales o armarios destinados exclusivamente a tal efecto. Los armarios deben estar situados en la zona de uso común de la planta baja del inmueble y deben contar con acceso directo desde la entrada. Se instala una válvula de retención en el origen de cada montante y en su punto de conexión con la batería de contadores divisionarios para impedir retornos de agua a la red de distribución.

  • ¿Qué tipos de contadores o equipos de medición hay?

    Como norma general y para los inmuebles con acceso directo a la calle, el cálculo y control de consumos se efectuará mediante: Batería de contadores: cuando hay más de una vivienda o local, es obligatorio instalar un contador para cada uno, aparte de los necesarios para los servicios comunes. Contador único o general: cuando el inmueble o finca sólo tiene una vivienda o local, en suministros provisionales para obras y en polígonos en proceso de ejecución de obras, mientras no se reciban las redes de distribución interior.

  • ¿Tengo que solicitar o notificar a la entidad suministradora un aumento de caudal contratado?

    Sí. Los clientes deben utilizar el agua suministrada en la forma y para el uso contratado. Por lo tanto, tienes que solicitar a la entidad suministradora la autorización pertinente para cualquier modificación de las instalaciones que implique un aumento en los caudales contratados de suministro, o cualquier modificación en el número de receptores.

  • Soy promotor de viviendas. ¿Puedo solicitar una acometida de agua o alcantarillado?

    Para solicitar una acometida de agua o alcantarillado, o si lo deseas, un informe previo para la licencia de obras, necesitas presentar la siguiente documentación (Estas solicitudes incluyen también un presupuesto):

    • DNI, CIF O NIF
    • Plano de situación de la finca
    • Planos de instalación de Fontanería y Desagües (para solicitudes de más de una vivienda)
  • ¿Cómo puedo dar de baja el servicio de agua?

    Puedes hacerlo a través de nuestros canales de atención presentando la siguiente documentación:

    • DNI o NIF
    • Lectura del Contador
    • Cuando no coincidan peticionario y titular, necesitaremos además copia del DNI o documento acreditativo similar del peticionario y una “declaración de autorización” firmada por el mismo. Puedes realizar una baja mediante solicitud escrita.
  • ¿Qué debo hacer para comprobar si tengo un escape o fuga en casa?

    A continuación, te indicamos los pasos que debes seguir: En primer lugar, debes localizar tu contador de agua. Entra en el cuarto de contadores de la finca. En la batería de contadores hay un plano donde podrás encontrar la ubicación de tu contador. Seguidamente, comprueba que el contador funciona correctamente. Para ello, deja un grifo abierto en tu casa o en tu local. La aguja roja de la esfera grande o la última cifra roja del contador (si es electrónico) debe moverse en sentido ascendente. Manteniendo el grifo abierto, cierra la llave de paso del contador y comprueba que éste no registre ningún movimiento. Para terminar, vuelve a abrir la llave de paso y cierra todos los grifos de casa durante una hora aproximadamente. Observa si el contador ha registrado consumo de agua. Si es así, es muy posible que haya un escape en la instalación, ya que el contador sólo registra consumo si pasa agua por él.

  • ¿A quién debo llamar si tengo un escape de agua?

    Si tienes un escape, debes ponerte en contacto con un fontanero o empresa especializada o bien comprobar si tu seguro de hogar cubre este tipo de reparaciones. Te recordamos que la conservación y la reparación de cualquier avería en las instalaciones interiores es responsabilidad del usuario, como establece el Reglamento del Servicio de Agua .

  • ¿A quién debo llamar si mi desagüe o el de la comunidad tienen una avería u obstrucción antes de llegar a la conducción del alcantarillado general de la calle?

    Cuando la acometida del alcantarillado está obstruida o averiada, ya sea en la instalación interior o en la canalización del alcantarillado, el responsable es el propietario de la finca o vivienda que la utiliza. Es necesario evacuar las aguas sucias a la red general de vertidos o al alcantarillado municipal. Debes ponerte en contacto con una empresa privada para desatascar las canalizaciones de vertido de residuos.

  • No tengo agua en casa. ¿Qué hago?

    En primer lugar, averigua si la falta de agua afecta a todos los puntos de agua de tu casa. Si es así, contacta con algún vecino para saber si la incidencia es general. Si los vecinos no están afectados, comprueba que la llave de paso interior de tu casa esté completamente abierta. A continuación, verifica que el contador o el equipo de medición tenga las dos llaves de paso abiertas (es decir, giradas completamente a la izquierda). Recuerda que para localizar tu contador de agua tienes que entrar con la llave universal en el cuarto de contadores, que generalmente está en el portal o en el vestíbulo de la finca. En la batería de contadores hay un plano donde podrás encontrar la ubicación de tu contador. Si después de haber hecho estas comprobaciones sigues sin agua, llámanos a nuestro teléfono de averías y haremos todo lo posible para ayudarte.

  • Han reparado recientemente una avería de agua en la calle y ahora no tengo presión suficiente en casa. ¿Qué hago?

    En ocasiones, mientras se produce un escape o durante su reparación, es posible que la misma presión del agua pueda arrastrar pequeñas partículas de arena de las tuberías generales y también de las particulares de la finca. Por suerte, no se trata de nada grave. En la mayoría de los casos, transcurridos unos minutos tras la reparación de la avería exterior debería restablecerse la normalidad en el suministro, recuperando la presión habitual. No obstante, si sigues sin la presión habitual, llámanos a nuestro teléfono de averías y haremos todo lo posible para ayudarte.

  • No tengo presión de agua en casa. ¿Qué hago?

    Comprueba que la llave de paso interior de tu casa esté completamente abierta. Si tienes instalado algún aparato reductor de presión, comprueba que funcione correctamente. A continuación, verifica que el contador o el equipo de medición tenga las dos llaves de paso abiertas (es decir, giradas completamente a la izquierda). Recuerda que para localizar tu contador de agua tienes que entrar con la llave universal en el cuarto de contadores, que generalmente está en el portal o en el vestíbulo de la finca. En la batería de contadores hay un plano donde podrás encontrar la ubicación de tu contador. Si después de haber hecho estas comprobaciones sigues sin presión, llámanos a nuestro teléfono de averías y haremos todo lo posible para ayudarte.

  • No tengo presión en el agua caliente de mi casa. ¿Qué hago?

    Recuerda que la empresa de agua sólo te suministra agua corriente a través de la red de distribución general. Es decir, se trata de agua fría. Abre cualquier grifo de casa y comprueba que el agua fría tenga la presión habitual. Si no es así, revisa la llave de paso interior, y que el contador o el equipo de medición tenga las dos llaves de paso abiertas (es decir, giradas completamente a la izquierda). Recuerda que para localizar tu contador de agua tienes que entrar con la llave universal en el cuarto de contadores, que generalmente está en el portal o en el vestíbulo de la finca. En la batería de contadores hay un plano donde podrás encontrar la ubicación de tu contador. Si aun así sigues sin tener presión en el agua caliente, contacta con un fontanero o con tu seguro del hogar para que verifiquen la instalación y el circuito del agua caliente.

  • ¿Qué necesito para registrarme en el área de clientes?

    Tienes que ser titular de algún contrato de suministro de agua de nuestra compañía e introducir en el formulario los datos personales que se te solicitan y que nos diste como cliente, incluyendo el número de contrato, el DNI o NIE y el importe de la última factura.

    Deberás introducir un nombre de usuario y una contraseña que puedas recordar fácilmente y un mail donde podamos enviarte las comunicaciones.

    A partir de entonces entrarás en la parte privada y podrás realizar las gestiones que necesites con nosotros.